Servicios

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Oficina Técnica Urbanística.
La Oficina Técnica Urbanística es un servicio especializado en Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Territorio con funciones de asesoramiento y asistencia técnica a los municipios adheridos al servicio.

Contacto

Dirección
C/ Iglesia, Nº 32. C.P. 10.120 Logrosán (Cáceres)
Horario de apertura al público

De lunes a Viernes de 8:00 a 15:00h.

Correo electrónico
urbanismo@villuercasiboresjara.es
Teléfonos
927 15 98 12
Observaciones

   La Oficina Técnica Urbanística., es un servicio especializado en Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Territorio con funciones de asesoramiento y asistencia técnica a los municipios adheridos al servicio, que actualmente son los once relacionados a continuación: Alía, Berzocana, Campillo de Deleitosa, Cañamero, Castañar de Ibor, Deleitosa, Garvín de la Jara, Guadalupe, Logrosán, Navalvillar de Ibor y Valdelacasa de Tajo.

   Esta oficina, en funcionamiento desde julio de 2014 está actualmente integrada por el equipo técnico siguiente:

  • * Ana Cano Gallego                                Arquitecta – Directora.
  • * Santiago Pesado Barbero.                    Arquitecto técnico.
  • * Emiliano Cueco Canuto.                       Delineante – Administrativo.

   Las solicitudes a la Oficina Técnica Urbanística. se realizarán siempre a través de los respectivos Ayuntamientos que componen la Mancomunidad y se hayan adherido al Convenio. Éstas podrán establecerse por los siguientes medios:

  • * Email (Preferente): urbanismo@villuercasiboresjara.es
  • * Correo ordinario: Calle Iglesia, 32. 10120 Logrosán (Cáceres)
  • * Fax: 927 36 04 78
  • * Sede Electrónica: http://mancomunidadvilluercasiboresjara.sedelectronica.es.
  •  

   Para las consultas a la Oficina Técnica Urbanística se utilizarán los mismos medios, y además:

  • * Teléfono fijo: 927 15 98 12
  • * Consultas en la Oficina de la Mancomunidad: Calle Iglesia, 32. Planta Primera. Logrosán (Cáceres)

 

   Para las reuniones se establece la oficina situada en la sede de la Mancomunidad como lugar preferente, pudiendo trasladarse a los respectivos Ayuntamientos en función del tipo de reunión y los requerimientos de la misma, y principalmente para las mantenidas sobre el seguimiento del Plan General.

   El equipo de la Oficina Técnica Urbanística realizará visitas a los municipios según las necesidades propias del encargo realizado por los distintos Ayuntamientos.

   Los particulares y técnicos podrán hacer uso de la oficina para el asesoramiento y la resolución de consultas, una vez remitidos desde el Ayuntamiento de origen.

   Según la Resolución de concesión de subvención nominativa, a favor de la Mancomunidad Integral de Villuercas Ibores Jara para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina para la Gestión Urbanística y del Territorio, Vivienda y Arquitectura, las FUNCIONES de la Oficina son:

En materia de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

  1. Prestar asistencia técnica y jurídica a los municipios en materias relacionadas con la ordenación, gestión y disciplina, urbanísticas y territoriales, así como la resolución de cuantas consultas en la materia le fueren formuladas. Todo ello en coordinación con la labor que desarrollen los técnicos municipales que pudieran tener los propios Ayuntamientos.

Entre los documentos sobre los que se prestará dicha asistencia están:

1.1. Ordenación:

  •           *  Territorial: Plan Territorial y Proyectos de Interés Regional.
  •           *  Urbanística:
    •               - Planes Generales Municipales.
    •               - Planeamiento  de Desarrollo:
  •                    • Planes Parciales de Ordenación.
  •                    • Planes Especiales de Ordenación.
  •                    • Estudios de Detalle.
  •               - Otros:
  •                    • Criterios de Ordenación Urbanística.
  •                    • Ordenanzas Municipales de Policía de la Edificación y de la Urbanización.
  •           * Modificaciones de planeamiento.
  •           * Refundidos de modificaciones de planeamiento.
  •      1.2. Gestión:
  •  
  •          * Programas de Ejecución.
  •          * Reparcelaciones Urbanísticas.
  •          * Delimitación de Unidades de Actuación.
  •      1.3. Disciplina urbanística.
  •  
  •      1.4. Otros:
  •           * Informes sobre calificación urbanística, estableciendo las siguientes funciones en la tramitación
  •             de los citados expedientes:
    •                - Recepción de la Solicitud de Calificación Urbanística mediante "escrito de remisión del
    •                  Ayuntamiento".
    •               - Verificar la "lista de comprobación" facilitada por la Dirección General competente en materia
    •                  de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
    •                - Expedición de informe urbanístico y descripción del entorno de actuación con objeto de
    •                   agilizar el trámite ante la Administración Autonómica.
  •           * Informes urbanístico en el trámite de apertura de actividades según la normativa sobre
  •              autorizaciones y comunicación ambiental.
  •           * Informes técnicos y/o jurídicos sobre Instrumentos de Planeamiento y/o Gestión Urbanística.
  •           * Charlas o presentaciones necesarias para la presentación de los nuevos instrumentos de planeamiento.

 

   2. La Oficina, como medio propio de la mancomunidad, podrá ser encomendada por los municipios, para la tramitación de procedimientos administrativos en las materias señaladas en el párrafo anterior.

 

   3. Los Municipios integrantes de la Mancomunidad, podrán encomendar a la Oficina la asistencia técnica y jurídica necesaria para la redacción y tramitación de los instrumentos de planeamiento y ejecución que vayan o se estén tramitando en los mismos, siempre que el promotor sea el propio Ayuntamiento. Entre ellas:

  •      • Modificaciones de planeamiento.
  •      • Refundidos de modificaciones de planeamiento.
  •      • Planes parciales.
  •      • Planes especiales.
  •      • Estudio de detalle.
  •      • Programas de Ejecución.
  •      • Proyectos de Reparcelación.
  •      • Delimitación de unidades de actuación.

 

   4. Colaborar, en los términos que se establezcan por la Dirección General competente en materia de Urbanismo y Ordenación del Territorio, con los diferentes registros contemplados en la legislación Urbanística. Entre otros:

  •      Con el Registro Administrativo de los Instrumentos de Planeamiento Urbanístico.
  •      • Con el Registro de Bienes y Espacios Catalogados.
  •      • Con el Registro de Programas de Actuación y de Agrupación Interés Urbanístico.
  •      • Con el Registro de Explotación del Patrimonio Público de suelo de la Comunidad Autónoma.
  •      Y cualquier otro registro que señale la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
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